Transportes con origen y destino dentro de España realizados por una empresa transportista establecida en otro Estado miembro de la Unión Europea. A efectos del DeCA cuentan como transporte interior: están sujetos al documento de control electrónico igual que los transportes nacionales.
Referencia normativa: Resolución de 5 de junio de 2026; Reglamento (CE) 1072/2009
